objetivos-metas
Definición de tolerancia
1.1 La tolerancia es el respeto, la aceptación y el aprecio de la riqueza
infinita de las culturas de nuestro mundo, de nuestras formas de expresión
y medios de ser humanos. La fomentan el conocimiento, la apertura de
ideas, la comunicación y la libertad de conciencia. La tolerancia es la
armonía en la diferencia. No sólo es un deber moral, sino una obligación
política. La tolerancia es la virtud que hace posible la paz y que
contribuye a la sustitución de la cultura de guerra por la cultura de paz.
1.2 La tolerancia no es concesión, condescendencia ni indulgencia. Ante todo,
la tolerancia es el reconocimiento de los derechos humanos universales y de
las libertades fundamentales de los demás. En ningún caso puede utilizarse
para justificar el quebrantamiento de estos valores fundamentales. La
tolerancia han de practicarla los individuos, los grupos y los Estados.
1.3 La tolerancia es la responsabilidad que sustenta los derechos humanos, el
pluralismo, la democracia y el estado de derecho. En torno a ella se
articulan las normas afirmadas por el conjunto de los instrumentos
internacionales relativos a los derechos humanos.
1.4 Practicar la tolerancia no significa renunciar a las convicciones
personales ni atemperarlas. Significa que toda persona es libre de adherir
a sus convicciones individuales y aceptar que los demás adhieran a las
suyas propias. Significa aceptar el hecho de que los seres humanos,
naturalmente caracterizados por la diversidad de su aspecto, su situación,
su forma de expresarse, su comportamiento y sus valores, tienen derecho a
vivir en paz y a ser como son.
                                           Declaración de principios sobre la tolerancia  (UNESCO)
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